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Maestría en Recursos Hídricos

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CONVENIO AMUSIM

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COMEDOR

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Taller Anual SIU 2022

https://portal.comunidad.siu.edu.ar/unr2022


Encuesta de satisfacción laboral y necesidades de capacitación, acceda en el siguiente link:

 El personal de la UNLPam podrá acceder al beneficio jubilatorio, según corresponda, por alguno de los regímenes que se detallan a continuación.

Se recuerda que por Resolución 392/2013 del Consejo Superior de la UNLPam, modificada por Resolución Rector 037/2014 (descargar) “el agente está obligado a comunicar la obtención del beneficio jubilatorio a la Dirección de Recursos Humanos de la Universidad Nacional de La Pampa, en un plazo de quince (15) días, contado desde la fecha en que dicho agente se notifique del otorgamiento del beneficio señalado.”

 Ley 24241 – Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones

Edad: 60 años para las mujeres y 65 años para los hombres. Las mujeres pueden optar por continuar trabajando hasta los 65 años.

Servicios: 30 años 

Si al momento de solicitar la jubilación la persona excede la edad requerida y le faltan años de servicio, podrá compensar un (1) año de servicio por cada dos (2) años de edad excedente. 

Ley 24016 – Régimen Especial para el Personal Docente de nivel inicial, medio, técnico y superior no universitario

Edad: 57 años para las mujeres y 60 años para los hombres

Servicios: 30 años como docente, reduciéndose a 25 años si 10 de ellos, continuos o discontinuos, han sido al frente de alumnos (incluye Preceptor y Jefe de Preceptores). Los servicios en escuelas de ubicación muy desfavorable o de educación especial, se computarán 4 años por cada 3 de servicios efectivos. 

El goce del “Suplemento Régimen Especial Docente” es incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia, con excepción del reingreso o continuidad en la actividad en cargos docentes universitarios o de investigación en universidades nacionales, provinciales o privadas, autorizadas a funcionar por autoridad competente.

Ley 26508 – Personal docente de las Universidades Públicas Nacionales

Edad: 60 años para las mujeres y 65 años para los hombres

Servicios: 25 años de servicios universitarios docentes, de los cuales como mínimo 10 años, continuos o discontinuos, deben haber sido frente a alumnos; y necesariamente la última actividad laboral realizada debe haber sido la de docente universitario.

Existe incompatibilidad total entre el desempeño simultáneo de las tareas docentes universitarias y la percepción del haber jubilatorio obtenido por aplicación de la Ley 26508, de conformidad a lo dispuesto por el art. 34 inc. 4 de la Ley 24241.

 Ley 22929 – Régimen Previsional para Investigadores Científicos y Tecnológicos

Comprende al personal que realice actividades técnico científicas de investigación o desarrollo y de dirección con dedicación exclusiva en algún organismo nacional integrante del Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología (CICYT):

  • Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas - CONICET.

  • Comisión Nacional de Energía Atómica - CNEA.

  • Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria - INTA.

  • Instituto Nacional de Tecnología Industrial - INTI

  • Comisión Nacional de Actividades Especiales - CONAE.

  • Servicio Geológico Minero Argentino - SEGEMAR.

  • Instituto Nacional de Desarrollo Pesquero - INIDEP

  • Instituto Nacional del Agua (INA).

  • Centro de Investigación Tecnológica de las Fuerzas Armadas - CITEFA.

  • Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud - ANLIS y de los que se creen en el futuro.

El personal docente que se desempeñe en las Universidades Nacionales con dedicación exclusiva, plena o de tiempo completo (Ley 22.207) y que realice actividades técnico científicas de investigación o desarrollo y de dirección.

Edad: 60 años para las mujeres y 65 años para los hombres

Servicios: 30 años en cualquier régimen comprendido en el sistema de reciprocidad jubilatoria, de los cuales deben acreditarse al menos 15 años continuos o 20 años discontinuos en actividades específicas, en uno o varios de los organismos mencionados, en el país o en el extranjero, en cuyo caso los 5 años inmediatos anteriores al cese definitivo deben haberse desarrollado en el país.  

El goce del “Suplemento Régimen Especial para Investigadores Científicos y Tecnológicos” es incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia, con excepción del reingreso o continuidad en la actividad en cargos docentes universitarios o de investigación en universidades nacionales, provinciales o privadas, autorizadas a funcionar por autoridad competente.

TRÁMITE

El agente que haya cumplido con los requisitos para acceder al beneficio jubilatorio, será intimado por la Dirección de Recursos Humanos a efectos que inicie el trámite correspondiente, y se le adjuntará la respectiva Certificación de Servicios y Remuneraciones. En caso de contar con opción a prórroga, la misma deberá ser ejercida por escrito dentro de los treinta (30) días corridos desde la intimación.

El agente que estando próximo a cumplir con los requisitos, y desea anticiparse al trámite, podrá solicitar la Certificación correspondiente por escrito o correo electrónico a rechumanos@unlpam.edu.ar  . Modelo de solicitud (descargar)

- El personal docente que considere cumplir con los requisitos del régimen especial para investigadores científicos y tecnológicos, al efecto de poder confeccionar la Certificación Complementaria de Servicios y Remuneraciones – Investigadores Científicos y Tecnológicos PS 6.273, deberán previamente gestionar ante la Unidad Académica correspondiente, la Resolución de Consejo Directivo que certifique los trabajos de investigación, y en caso de contar también con proyectos de investigación a nivel Rectorado, la Resolución de Rector correspondiente.

Inicio del trámite jubilatorio ante la ANSES.

El agente deberá acercarse con turno previo a las oficinas de dicho organismo en su localidad de residencia, y acompañar la documentación que se detalla a continuación:

  • DNI original
  • Certificación de Servicios y Remuneraciones otorgada por la UNLPam
  • Sólo en caso de investigadores científicos y tecnológicos, Certificación Complementaria de servicios, y resoluciones que acrediten los trabajos de investigación 

 

Impuesto a las Ganancias – Cuarta Categoría

 

Los haberes de los docentes, no docentes y autoridades de la Institución pueden verse alcanzados por el Impuesto a las Ganancias (descargar ley) en su cuarta categoría que incluye, entre otros, el trabajo de los empleados en relación de dependencia.  

 

* Escalas del art. 94 vigentes para el Período 2022 (descargar)

* Deducciones Personales vigentes para el Período 2022 – Zona desfavorable (descargar)

* Deducciones Generales vigentes para el Período 2022 (descargar)

 

SIRADIG Trabajador F572 web

Es un servicio de AFIP, al cual se accede mediante clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior, y permite a los trabajadores informar las deducciones del Impuesto a las Ganancias, las percepciones que le hubieran practicado, así como también si perciben ingresos en otra/s institución/es. La gestión es 100% digital.

Este formulario es de presentación obligatoria en forma anual, hasta el 31 de marzo de cada año, con la información del período anterior, para poder darle cierre a la liquidación del impuesto. Sin embargo, el trabajador puede optar por presentarlo mensualmente, en caso que posea deducciones que se vayan actualizando en ese lapso. Recomendamos esto último al efecto de volver más preciso el cálculo de la retención que pueda aplicarse en el mes. 

 

Fecha de corte para la recepción del F572: el día 15 de cada mes, excepto en los meses de Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) que el corte se realiza el día 05 del mes.  

* Aclaración sobre el beneficio por zona desfavorable. Si bien el formulario F572 incluye un campo para informar si a Ud. le corresponde el beneficio por residir y trabajar en la zona patagónica, la UNLPam lo aplica de hecho para todo su personal, aún cuando no presenten el citado formulario.  

 

IMPORTANTE Los trabajadores deberán conservar a disposición de AFIP la documentación respaldatoria de todo lo informado en el F572 web.


Correo electrónico para consultas: retenciones@unlpam.edu.ar

- Reglamento de concursos para el sector docente – regulares (descargar)

 

- Reglamento de concursos para el sector docente – interinos (descargar)


- Reglamento de concursos para el sector no docente (descargar)

Apertura de legajo personal

Documentación requerida:

  • Apto Psico-físico para el cargo – establecido por Convenio Colectivo de Trabajo Decreto 366/06-Resolución Nº. 073/2001 del Consejo Superior de la UNLPam y Convenio Colectivo de Trabajo Docente Decreto 1246/2015 (descargar)
  • Certificado de Antecedentes Penales (descargar)
  • Planilla de Datos Personales (descargar)
  • Foto carnet
  • Fotocopia autenticada del Documento Nacional de Identidad
  • Constancia de CUIL
  • Currículum Vitae
  • Títulos, Cursos, Seminarios, Jornadas, etc.
  • Declaración Jurada de Grupo Familiar a Cargo (descargar)
  • Seguro de vida Personal del Estado Ley 13003  (descargar) o constancia de descuento en otro organismo. (descargar)
  • Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Dto. 1567/74 (descargar)
  • Declaración Jurada de Acumulación de Cargos – Dto. 8566/61 Régimen de incompatibilidades (descargar)
  • Certificado de Antigüedad de Aportes y Remuneraciones de Organismos Nacionales, Provinciales y/o Municipales o Privados reconocidos ante el Ministerio de Educación. (si corresponde)
  • Formulario PS.261 Régimen de Asignaciones Familiares Ley Nº 24.714, sus normas reglamentarias y Resolución ANSeS Nº 292/08 y sus modificatorias (descargar)
  • Nota informando cuenta bancaria para la acreditación de haberes (descargar) o, en caso de no poseer, nota solicitando apertura de cuenta (descargar)
  • Obra Social SEMPRE Planilla de afiliación y detalle de documentación a presentar  (descargar). Transcurrido un (1) año desde el ingreso a la Institución, podrá realizarse la opción de cambio a otra obra social sindical www.sssalud.gob.ar/misssalud/ (descargar instructivo)
  • Formulario 572 web SIRADIG Trabajador s/ Impuesto a las Ganancias 4ta categoría (si corresponde). Para consultas, enviar correo electrónico a retenciones@unlpam.edu.ar
  • Sólo para NO DOCENTES: Planilla Opción Pausa con retiro anticipado del lugar de trabajo Dto. 366/06 (descargar)

Modificaciones de legajo personal

  • Cambio de cuenta para acreditación de haberes (descargar)

Documentos y Formularios

Todas las planillas y documentación requerida se puede descargar de la siguiente ubicación: Legajos (documentación)

 

La Dirección de Recursos Humanos de la UNLPam es la encargada de todos los asuntos inherentes a la administración del personal docente universitario, docente preuniversitario y no docente, así como de la liquidación de haberes.

En este espacio encontrará información y formularios de utilidad, así como los distintos canales de interacción con cada uno de nuestros Departamentos, y los correspondientes a cada Unidad Académica.