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En línea con lo analizado y acordado oportunamente por Rectorado con las decanas y los decanos, el Consejo Superior aprobó ayer en su 12º reunión ordinaria la Resolución Nº 251/2021, con diferentes medidas destinadas a continuar con el regreso paulatino y gradual de la presencialidad en la UNLPam.

Las dos principales medidas en relación con la actividad académica, son la posibilidad de implementar todo tipo de evaluaciones presenciales, de manera total o en forma combinada y conjunta con la modalidad virtual; y la reanudación presencial de las actividades de pregrado, grado y posgrado, y extracurriculares, según se estime conveniente y necesario, dando preferencia a las instancias presenciales de re-vinculación pedagógica de estudiantes de primer y segundo año de las distintas carreras.

Ambas medidas fueron habilitadas a partir del mes de septiembre, sujetas a los Protocolos específicos respectivos, y con la indicación de que dicha reanudación de presencialidad se produzca en forma gradual, de manera tal que en ningún caso signifique un perjuicio o un impedimento para estudiantes ni docentes.

Asimismo, el órgano de gobierno autorizó a la Secretaría de Coordinación y Planeamiento a transportar hasta un máximo del 50% de la capacidad de las unidades del Programa de Transporte, con prioridad de los viajes regulares y viajes especiales de corta duración, y la recomendación de adecuar los recorridos actuales a fin de disminuir la permanencia de personas en las unidades destinadas a esos fines, y de asegurar la presencia del estudiantado en sus respectivas obligaciones académicas.

Por otra parte, y con acuerdo de las representaciones gremial docente y nodocente, la Resolución Nº 251 dispone, a partir del 17 de agosto de 2021, el retorno a la actividad laboral presencial de autoridades, no docentes, docentes, investigadoras/es, becarias/os, personas contratadas o que desarrollen prácticas educativas internas en el ámbito de la UNLPam, alcanzados/as por la dispensa de asistir al lugar de trabajo, siempre que hubieren recibido el esquema completo -dos dosis- de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina -habiendo transcurrido 21 días entre la inoculación y el inicio de la prestación presencial-, o no lo hubiesen recibido por propia decisión. Las personas incluidas en el Artículo 3°, incisos V y VI de la Resolución N° 627/2020 del Ministerio de Salud de la Nación, así como quienes manifiesten no haber recibido la vacunación por indicación médica u otros motivos de justificación, estarán exceptuadas de retornar presencialmente.

Finalmente, y también con la conformidad del gremio nodocente, el Cuerpo rehabilitó la posibilidad de realizar concursos nodocentes abiertos, los que se podrán llevar a cabo de manera presencial, o virtual, o combinada; y estableció de manera excepcional que, a partir del martes 17 de agosto y hasta el viernes 24 de septiembre incluido, el horario de inicio de la jornada laboral en el ámbito de la UNLPam será el de las 08:00, manteniéndose el horario de salida de la jornada matutina a las 13:30, y en el caso de agentes que se desempeñan en la jornada vespertina, la misma concluirá una hora antes del horario habitual.

Resolución del Consejo Superior N° 215/21.