S5 GCK Store - шаблон joomla Новости
Maestría en Recursos Hídricos

Logo de la UNLPam

Exhibidor Ambulante

Sala Exhibidora No Comercial Ambulante

Instructivo para la proyección de películas

El Instituto Nacional de Cine y Arte Audiovisual habilitó a la Universidad Nacional de La Pampa, desde 1º de agosto de 2017, como exhibidor ambulante no comercial (COD INCAA N.o 601952 – SALA COD INCAA N.o 261607). De este modo, la UNPam puede exhibir películas en cualquier lugar físico como aulas, escuelas, asociaciones vecinales y clubes.

INCAA Certificado de inscripción

Para ello deben realizarse una serie de tramite obligatorios que son fiscalizados por el INCAA y su incumplimiento es plausible de sanciones económicas

1. Declarar previamente ante la autoridad competente, el INCAA la proyección.

La solicitud se realiza en la Secretaria de Cultura y Extensión Universitaria al correo cultura@unlpam.edu.ar (en Santa Rosa) o culturapico@unlpam.edu.ar (General Pico) con la siguiente anticipación:

  • si es sólo una películas a exhibir el plazo es de 72 horas cómo mínimo
  • si es un ciclo de cine debe hacerse con 15 días de anticipación como mínimo

La solicitud se realiza formalmente enviando los siguientes datos por correo electrónico:

Datos necesarios

  • Lugar de la función
    • Denominación del lugar:
    • Domicilio:
  • Contacto del responsable del lugar donde se realiza la función
    • Apellido y nombre:
    • Teléfono:
    • Correo electrónico:
  • Datos de la función
    • Fecha:
    • Cantidad de funciones:
    • Horario/s:
    • Capacidad:
    • Películas que se exhiben:

2) Gestionar boletos oficiales

Debe solicitar boletos oficiales (provistos por Fiscalización INCAA) a la Secretaria de Cultura y Extensión Universitaria al mencionado correo electrónico. Los boletos se entregarán antes de iniciar la exhibición al público presente.

3) Completar el formulario INCAA 700 NC.

El formulario F700 NC se descarga de la documenta adjunta, se completa de manera manual y debe colocarse en el lugar de la proyección según el artículo 20 de la Resolución 3785/2013.

ARTICULO 20º.- Al inicio de cada función se deberán encontrar insertos los datos correspondientes a la totalidad de las columnas del Formulario F700/NC, excepto la cantidad de espectadores; transcurridos TREINTA (30) minutos de iniciada la proyección el mismo deberá tener completa esta última columna. con una anticipación no menor a 30 minutos. Articulo 19, 20 y 21 de la Res. 3785/2013 INCAA.

Documentación

Arte + Estudiantes

La Secretaría de Cultura y Extensión Universitaria comunica que está abierta hasta el 15 de mayo de 2017 la convocatoria a todos los interesados en presentar propuestas para el programa "Arte+Estudiantes".

El Objetivo de esta convocatoria es "Fomentar que los estudiantes de la UNLPam, con formación artística desarrollen un espacio de producción, creación y expresión artística-cultural destinada a otros estudiantes universitarios"

Más información en la convocatoria "Arte+Estudiantes" 2017.

Subcategorías